Empresas Premium
El Colegio Profesional de DietistasNutricionistas de Aragón (CPDNA) cumple en 2023 los 19 años de creación, fecha que han aprovechado para reivindicar el no contar con categoría profesional en el sistema de salud pública.
En 2004, la primera promoción de dietistas-nutricionistas de Aragón terminaba sus estudios en Huesca. Ya son casi 20 las promociones desde entonces, en total, unos 400 profesionales de la nutrición que siguen luchando por una salida profesional pública.
La ley 44/2003, de 21 noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, incluye la figura del “Dietista-Nutricionista” como “profesionales sanitarios que desarrollan actividades orientadas a la alimentación de la persona o de grupos de personas, adecuadas a las necesidades fisiológicas y, en su caso, patológicas de las mismas, y de acuerdo con los principios de prevención y salud pública”.
Una de las principales reivindicaciones de este colectivo, como señalan desde la asociación, es, y ha sido, “la creación de nuestra categoría profesional. En el año 2018 por fin creímos ver cumplido nuestro objetivo con la publicación de la ORDEN SAN/973/2018, de 5 de junio, “por la que se crea la categoría estatutaria de Titulado/a Superior en Nutrición y Control de Alimentos en el ámbito de los Centros Sanitarios del Servicio Aragonés de Salud”. Pero, tras detectar poca claridad de la creación de esta categoría el colegio decidió recurrir la creación de la misma para “luchar por una categoría profesional acorde a nuestra formación y competencias que, en un futuro, nos dé la oportunidad de aportar al sistema de salud público aragonés nuestros conocimientos para así mejorar la calidad asistencial, reduciendo costes”, añaden.
Pero cuatro años después esta categoría todavía no ha llegado, por lo que desde el colegio señalan que “seguimos, ninguneados por un sistema que, pese a defender la importancia de la nutrición hospitalaria, vanagloriarse de sus estrategias de lucha contra la obesidad infantil o presumir de lo mucho que invierte en mejorar la calidad asistencial de los pacientes, deja fuera al profesional que por derecho tiene las competencias para ejercer la nutrición y el tratamiento nutricional”.